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La Junta recibe 26.125 solicitudes de ERTEs con 144.722 trabajadores potencialmente afectados

La Junta ha recibido 26.125 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes, 16 de marzo, hasta las 14 horas de hoy martes, día 31, en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 144.722 trabajadores en la Comunidad

A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:

– Ávila: 1.596 ERTEs y 6.172 trabajadores.

– Burgos: 3.764 ERTEs y 25.505 trabajadores.

– León: 5.228 ERTEs y 18.778 trabajadores.

– Palencia: 1.510 ERTEs y 6.980 trabajadores.

– Salamanca: 3.483 ERTEs y 11.844 trabajadores.

– Segovia: 1.807 ERTEs y 7.795 trabajadores.

– Soria: 1.012 ERTEs y 5.490 trabajadores.

– Valladolid: 5.635 ERTEs y 24.264 trabajadores.

– Zamora: 1.745 ERTEs y 6.026 trabajadores.

– Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 345 ERTEs y 31.868 trabajadores.

La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse aquí Enlace a la información actualizada sobre ERTES

NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:

– Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.

– La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.

– El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.